Declara DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 7 de septiembre de 2011 por la Defensora Pública, Abogada NAIFMAR JOSEFINA SUÁREZ MILIANI, Adscrita a la Defensa Pública Penal del Adolescente del Estado Carabobo, con sede en Valencia, actuando en defensa de los derechos del Adolescente (identidad omitida), contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 1 de la Sección Penal Adolescentes, en el asunto N• GP01-D-2011-00967, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 440 del Código Orgánico Procesal Penal el cual se aplica por remisión expresa del articulo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA).