En mérito a las consideraciones antes expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado AMELIA LAREZ , en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YESSIKA YELITZA MARIN LARES, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 26 de agosto de 2004.