En fuerza de los razonamientos expuestos, esta Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Zenaida Colina, Defensora Pública Décima Cuarta adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Carabobo, defensora de los acusados ENDER ALEXANDER NAVAS y JUAN CARLOS NAVAS, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de Junio de 2013 por el Tribunal Segundo en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, donde se niega la solicitud de libertad por aplicación del Principio de Proporcionalidad, en el asunto signado bajo el Nro. GP01-P-2010-004186, seguido a los referidos acusados, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numerales 1 y 2 en concordancia con el articulo 405 del Código Penal.