Por los señalamientos expuestos, esta Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de Mayo de 2005 por las abogadas MARTHA ELENA CHAVEZ GRIMALDI y TERESA MARÍA CHAVEZ GRIMALDI, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 24.295 y 24.290, respectivamente, actuando en su condición de apoderadas judiciales de la víctima ciudadano SALVADOR JOSÉ GAMBUZA PALMISANO, contra el auto publicado el 12 de Mayo de 2005 la causa signada con el número GP01-S-2005-000028 mediante el cual el Juez Décimo del Tribunal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal decreta el Sobreseimiento de la causa a los ciudadanos GIUSEPPE PALMISANO LONIGRO, PASQUALE PALMISANO LONIGRO, ROCCO PALMISANO LONIGRO, CHRISTIAN PALMISANO LONIGRO, ANTONIO LEPORE FANIZZA, ALVARO ARENAS HERNÁNDEZ y GIOVANBATTIS.....