administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada CARMEN M. MOLERO Defensora Pública Penal Vigésimo Quinta, adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando como defensora del ciudadano LUIS FELIPE DURÁN. SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 12 de noviembre de 2012 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual NEGÓ LA TRAMITACIÓN DE LA REDENCIÓN DE LA PENA, al mencionado penado en el asunto Nº GP01-P-2010-004888, que se sigue al penado Luís Felipe Durán por los delitos de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, y DETENTACIÓN DE CARTUCHOS DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, de co.....