Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ORLANDO REVEROL contra la sentencia de fecha 05 de Mayo de 2005, por medio de la cual el Tribunal de Juicio N° 4 de este Circuito Judicial Penal condenó al acusado FRANKLIN JOSÉ TORRES TORO a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, como autor del delito de Asalto a Unidad de Transporte Colectivo, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 358 del Código Penal, en perjuicio de Carmen Josefina Flores Rivero e Iván José Fagúndez Silva.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada. Se deja expresa constancia que la publicación de este fallo se efectúa dentro del lapso de ley.....