Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por las abogadas MARIA DE LOURDES LATOUCHE MACHADO y ROSA MARIA FERNANDEZ, en su carácter de defensoras del imputado RICARDO JULIO JIMENEZ CORDERO, contra la decisión de fecha 17-05-04, dictado por la Juez N° 6 del Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal.