Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RAFAEL LOPEZ BOSSIO, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil CEGASA, C. A., contra la decisión de fecha 03-11-2004, dictada por la Juez N° 1 del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, de este Circuito Judicial Penal.