Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se declara IMPROCEDENTE, el recurso de apelación de autos interpuesto por el abogado Luis Guillermo Rivas Torrevilla, en su condición de defensor público undécimo con competencia en penal ordinario, adscrito a la Unidad Regional de Defensa Pública del estado Carabobo, actuando en representación del ciudadano Henry David Vera Robles, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de marzo de 2017 y publicado el auto motivado el día 10 de marzo de 2017, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal GP01-P-2017-008356, mediante el cual decreto medida judicial privativa de libertad al prenombrado imputa.....