esta Sala PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR de conformidad con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, la recusación interpuesta por el Abogado: Rubén Barrios, ene. "carácter de autos", en contra de la Jueza Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, LILA VALERA DE SEQUERA. SEGUNDO: La causa deberá ser devuelta al conocimiento de la Juez recusada por mandato del artículo 94 del código adjetivo penal. Dictada, firmada y sellada en la Sala de audiencias de la Sala I de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Publíquese, regístrese, notifíquese, remítase el presente cuaderno separado a la Juez recusada a los fines de que sea anexado al expediente principal.