PRIMERO: IN LIMINE LITIS, DECLARA IMPROCEDENTE LA ACCION DE AMPARO, interpuesta por el Ciudadano LUIS HORACIO QUERALES SOTO.
SEGUNDO: Se insta a la Jueza de Control, a velar como debe ser su norte por el resguardo de la integridad física de los imputados, dados los señalamientos realizados por el mismo ante esta instancia judicial, debiendo en consecuencia poner en conocimiento del Director del Internado judicial de Carabobo, las graves denuncias realizadas por el imputado a los fines que tome las medidas conducentes del caso.