En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acoge favorablemente la solicitud Fiscal y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida al entonces adolescente identidad omitida, de quien no constan otros datos de identificación y a quien se le ratifica su LIBERTAD PLENA. Notifíquese a las partes, dejando constancia que la notificación del imputado se hará mediante boleta a ser publicada en la