Como quiera que el plazo de las medidas venció el 2 de Octubre de 2004 y las medidas fueron cumplidas por el sancionado, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el literal "h" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección dl Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en los artículos 621 y 629 ejusdem DECRETO EL CESE DE LAS MEDIDAS de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, impuestas al adolescente por el Tribunal de Control, dejó sin efecto la orden de ubicación