En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, C O N D E N A, a: identidad omitida ampliamente identificado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y Sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de Disneyla Carolina Pernia Zambrano amplia y suficientemente identificado y le impone como sanción la siguiente medida: Medida de Privación de Libertad por un lapso de un (01) año de conformidad con lo previsto en el artículo 620.F de la L.O.P.N.A. en concordancia con el artículo 628 del mismo texto legal.. Además debe el sancionado incorporarse a los programas socio-educativos, que indique el Juez en funciones de Ejecución y todo aquel programa que promueva y asegure su formación, así como el nivel de responsabilidad y autocrítica, así mismo la.....