Visto el escrito presentado por la Fiscal Especializada Nº 23 del Ministerio Público del Estado Carabobo, Abog. Ambar Gudiño P., y los recaudos anexos, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional de la presente Causa agregado a la actuación seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA identificado al folio al folio 41 de la presente causa, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Robo Agravado de vehículo automotor, Lesiones Personales y Robo Agravado en grado de tentativa, tipificado en el artículo 7 de la Ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores artículos 413 y 458 en concordancia con el artículo 80 primer aparte del Código Penal, hecho supuestamente ocurrido el 10-06-04, para decidir, este Tribunal observa que la Fiscala manifiesta que en su oportunidad ordenó al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas la práctica de las diligencias de investigación pertinentes, no recibiendo la comparecencia de la víctima y.....