REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
Valencia, 2 de Noviembre de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO : GP01-D-2005-000232
De la revisión metodológica que, por arqueo efectúa esta suscrita Jueza, como quiera que se verifica que la audiencia de presentación de detenido fue en fecha: 14-04-05 y desde esa fecha hasta la presente ha transcurrido más del tiempo en el cual de conformidad, con el lineamiento del nuevo proceso y sistema de justicia penal debe durar una investigación, tomando también en consideración que la medida cautelar contenida en el literal “b” del artículo 582 de la LOPNA fue constituida oportunamente y visto el incumplimiento de la Representación Fiscal, con respecto al lapso de investigación se acuerda dejar sin efecto la medida cautelar dictada en la referida audiencia; medida ésta contenida en el literal "b" del contenido del artículo 582 de la LOPNA, por ello, en consecuencia queda REVOCADA de conformidad con la competencia funcional prevista en el contenido del artículo 555 de la LOPNA y en claro respeto con los principios del ordenamiento jurídico, en especial a aquellos que rigen el nuevo sistema acusatorio penal juvenil venezolano, según los cuales las medidas cautelares son sólo medidas de aseguramiento procesal y no podrá considerarse que exista un proceso indefinido en el tiempo. Y como quiera que no hay nada que controlar jurisdiccionalmente es, por lo que se acuerda remitir la presente causa de inmediato a la sede de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Carabobo, a los fines de que distribuya la presente a la Fiscalía Especializada que corresponda luego de efectuadas las notificaciones de rigor. Notifíquese de inmediato a todas las partes. No se espera resulta de notificación. Líbrese oficio de rigor para la Fiscalía Superior. Cúmplase.
La Jueza El Secretario
Soraya Pérez Ríos