Se ORDENA LA UBICACIÓN Y APREHENSIÓN del adolescente, --------Estado Carabobo. A estos efectos se faculta suficientemente al Ministerio Publico, para que mediante el auxilio de los Órganos de Policía respectivos, proceda a ejecutar la orden aquí acordada, respetando en todo momento los derechos y garantías del Adolescente, quien deberá ser presentado ante este tribunal dentro de las veinticuatro horas siguientes a su ubicación y aprehensión.