Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA 4EXTINCIÓN DE LA PENA POR PRESCRIPCIÓN impuesta al ciudadanos NALI INDOLFO MONTES, antes identificado. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 Ordinal 1° del Código Penal. Ofíciese lo conducente a la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería a fin de hacer cesar cualquier búsqueda que pese en su contra por el presente hecho, el cual esta relacionado con el expediente N° E-868.847 (Nomenclatura del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Delegación Carabobo) de fecha 20/03/97. Ofíciese. Se acuerda mantener vigentes la notificaciones libradas en fecha 20/06/2005. Por cuán.....