En base a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela NIEGA POR IMPROCEDENTE, el otorgamiento de Régimen Abierto a la penada, identificada en la actuación como MARÍA ALEJANDRA BIAGGINI LABRADOR y se acuerda imponer a la misma en la sede de Centro de Reclusión Femenino Carabobo y en ese acto recabar los datos necesarios que permitan determinar la verdadera identidad de la penada. Ofíciese con copia de esta decisión a la Dirección de de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, a la Dirección del Centro de Reclusión Femenino. Notifíquese a la Fiscal de penas del Ministerio Público, y a la Defensa. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase