En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado HENRY DE JESÚS BRICEÑO BASTIDAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.463.084, de conformidad con lo pautado en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.