Este Tribunal declaró la Redención Parcial de la pena impuesta al penado Williams Rafael Monoya Sánchez, quien fue condenado por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de frustración, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Así mismo se le advierte al penado antes señalado, que cumplirá pena el día 04-08-05, a las doce del mediodía; así mismo que podrá optar a Libertad Condicional, a partir de la presenta fecha, en vista que ha cumplido más de las 2/3 parte de la pena impuesta, igualmente que podrá optar por Confinamiento a partir del 01-08-04 que ha cumplido ¾ parte de la pena impuesta. Líbrese Exhorto al Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, al Director del Centro Penitenciario de Los Llanos, Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso.