este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, DECRETA la extinción de la responsabilidad criminal por cumplimiento de la pena que le fue impuesta por este Tribunal y LA LIBERTAD PLENA al Ciudadano CARLOS LUIS ALVAREZ titular de la cédula de identidad INDOCUMENTADO, y así mismo se le advierte que una vez impuesto de esta decisión deberá cumplir con las penas accesorias de ley, quedando obligado a realizar presentaciones cada treinta (30) días, por el lapso de cinco (05) meses, que representa la una quinta (1/5) parte de la condena, por ante la Autoridad Civil del Municipio del penado, el cual señalará en la Audiencia de Imposición