este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ORDENA Oficiar con carácter de Urgencia al Director del Centro Penitenciario Región Central, a los fines que informe a este Tribunal: 1. Estado de salud del penado. 2. Se ordena sea remitido al Hospital para la realización de los estudios, que fueren necesarios, de esta manera garantizar al mismo el Derecho a la Salud previsto en nuestra Carta fundamental, en su Artículo 83, que dispone: La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida.