Se dicta auto, acordando la Redención de la pena por Trabajo a la Penada, quien redime NUEVE (9) MESES, NUEVE (9) DIAS, por el trabajo lo que sumado a la pena cumplida a la fecha da un total de TRES (3) AÑOS, DOS (2) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS, por lo que lleva cumplido mas de las 3/4 partes de la pena impuesta.