Se dictó auto ordenando solicitar informe de la redención de la pena por el estudio y por el trabajo de la penada MARÍA ARMINDA GUTIÉRREZ, a la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa del Centro de Reclusión Femenino de Barquisimeto, Estado Lara, a los fines de efectuar la reforma del cómputo de la pena y emitir el pronunciamiento correspondiente respecto a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de libertad condicional para la que fue postulada la señalada penada. Se ordenó remitir copias de la presente decisión a la señalada Junta de Rehabilitación, al C.T.C. "Dra. Nilda Hernández" y al tribunal de primera instancia en lo penal en función de ejecución N° 03 del circuito judicial del Estado Lara.