Se dicta auto que contiene la decisión de acordar la Redención de la pena por trabajo al penado JUAN JOSE GOMEZ, quien fue sentenciado por el tribunal de Control 1 a cumplir la pena de DOS AÑOS OCHO MESES DE PRISION, redime pena en cinco meses y quince días, por lo que sumado al tiempo de detención extingue la pena el 30 de marzo de 2005, por cuanto a la fecha con la redención ha cumplido DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y TRECE (13) DIAS.