Se dictó auto rectificando la decisión de fecha 20/04/2005 por medio de la que se acumularon las causas y penas impuestas al penado ENYERBER DOMINGO MORALES QUINTERO. Se ordenó remitir copias certificadas de la presente decisión, a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso, a la División de Antecedentes Penales y al Centro Penitenciario del Esrado Aragua. Se ordenó notificar a las partes e imponer al penado de la presente decisión, para lo cual se ordenó librar comisión al Estado Aragua, a fin de que sea distribuida entre los jueces de ejecución de esa jurisdicción, y le sea ordenada práctica de informe psico-social y se recabe la carta de conducta del mismo.