Este Tribunal publica dentro del lapso legal a esta hora por encontrarse en en el día de hoy en cuatro juicios orales y públicos, decisión esta que se dicta de conformidad con los artículos 416 Segundo Aparte del Código Orgánico Procesal Penal, la cual DECLARA DESISTIDA LA ACUASACION PRIVADA presentada por el ciudadano EDUARDO JOSE AGUIN MELENDEZ, representado en esta causa por su apoderado judicial el Abogado Alberto Jiménez, en contra de la ciudadana NIDIA CRUZ APONTE, representada porsu defensor el Abogado Carlos Azaf, por cuanto el acusador privado, ni su apoderado judicial comparecieron al juicio oral y público fijado para el día 26-09-06 a las 10:30 de la mañana. No se condena en costas al acusador privado por la gratuidad de la justicia; así mismo no se declaro maliciosa la acusación y se aplico al acusador la sanción indicada en en el artículo 418 del Código Orgánico Procesal Penal.