DECISION
En virtud de las consideraciones expuestas, éste Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 Parágrafo Segundo del Código Orgánico Procesal Penal Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad acordada en fecha 16 de Enero del 2004 por el Tribunal Sexto de Control de ésta Circunscripción Judicial, al acusado Gustavo José Bastidas, venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 20 años de edad, de fecha de nacimiento 12/01/82, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, titular de la cédula de Identidad nro. V-15.334.315, y acuerda librar Orden de Captura con oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación del Estado Carabobo, Brigada de Capturas, y una vez capturado sea re.....