En virtud de los razonamientos antes expuesto y oída la solicitud de la ciudadana YOLANDA SAPIAN, Fiscal 11° del Ministerio Público del Estado Carabobo, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 365 eiusdem, ABSUELVE, al ciudadano: RUBEN ANTONIO GONZALEZ OCHOA, quien es venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, fecha de nacimiento 18-03-79 de 26 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.355.482, de oficios Obrero, hijo de Gisela Ochoa y Gabriel González, domiciliado en Barrio José Tomas Gallardo, Calle Principal, Casa N° 93 San Joaquín, Estado Carabobo, de la acusación presentada por la ciudadana YOLANDA SAPIAIN, Fiscal 11° del Ministerio Público del Estado Carabobo por el delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLI.....