este Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el Artículo 365 ejusdem, ABSUELVE al Ciudadano ALEX ALBERTO SAMPAYO FLORES, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, soltero, carpintero, titular de la cédula de identidad Nº 14.956.441, hijo de Zunilde Belén Flores y Cupertino Sampayo, domiciliado en el Barrio Monte Oscuro, al lado de la cancha, la casa no tiene numero; Miranda, Estado Carabobo de la acusación presentada por la Ciudadana ADELAIDA JIMENEZ, Fiscal 1° (Enc) del Ministerio Público del Estado Carabobo por el delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el Artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, hecho punible cometido en perjuicio del Ciudadano JULIO RAMON QUINTERO OSORIO, que in.....