Este Tribunal Acuerda la Interrupción del Juicio en causa seguida al acusado JAVIER ANTONIO RODRIGUEZ MORLE, debiendo iniciarse nuevamente el juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el del artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 337 ejusdem, según fecha que aporte la Agenda Única del Circuito Judicial, en tal sentido se giran instrucciones al Secretario del Tribunal, a lo fines que recabe la referida fecha ante la mencionada oficina, debiendo notificarse a las partes, citar al acusado, a los testigos, expertos y funcionarios policiales, de la nueva fecha del Juicio Oral y Público. Cúmplase