DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio No. 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE a la ciudadana LADY MARIANA PACHECO RENGIFO, Venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacida el 30 de Junio de 1.982, de 23 años de edad, titular e la cédula de identidad N°. V-16.864.904, hija desarmen María Rengifo León y Claudio Marcelo Pacheco, residenciada en Calle Constitución cruce con Guyana, Barrio Libertador, casa No. 22-03, Mariara, Estado Carabobo, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. Se exonera al Ministerio Público del pago de las costas procesales en virtud de la garantía constitucional de la gratuidad de la justicia. Notifíquese a las partes sob.....