DISPOSITIVA
Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, atendiendo a las previsiones del artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a PERSONAS DESCONOCIDAS Y HAMILTON SILVA BARRERA, cedula de identidad numero: 13.364.336., en Las Agüitas sector 5 calle 33 casa numero 5 Valencia estado Carabobo., por cuanto ha pesar de la certeza no existe razonablemente la posibilidad para incorporar nuevos elementos. al imputado a tenor de lo establecido en el articulo 318, ordinal 4. Así se decide. Notifíquese a la víctima, al imputado y a las partes. Líbrense oficios a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y Justicia, Caracas; a la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería (ONI.....