esta Juez en Función de Control
Revisadas como fueron las actuaciones, se observo que efectivamente, como lo indicara la representación Fiscal, hasta la fecha ha transcurrido el tiempo suficiente para que se le decrete el sobreseimiento de la presente actuación y en consecuencia la prescripción de la acción penal, según lo establece el artículo 108 del Código Penal en relación con los artículos 48 ordinal 8 y 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, esta Juez en Función de Control en el nombre de la República y por autoridad de la ley , de conformidad con los artículos 4. 6. 7. 13. 318 del código orgánico procesal penal. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA por considerar que no tiene carácter penal los hechos que se le imputaron al ciudadano: GASPARE BLANCO, cedula de identidad: e. 782.225., de conformidad con las normas ya indicadas. Dada, firmada y sellada en el Tribunal en Función de Control. Años 192° de la Independencia y 144º de la .....