DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano CESAR HERMINIO BENITEZ SALAZAR, natural de Caracas, Distrito Capital, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 04/03/1978, estado civil Casado, titular de la Cédula de Identidad personal numero V.-12.994.402 hijo de Herminio Benítez González y Maria Iberia Salazar Blanco, domiciliado en avenida Principal de Aguas Caliente, numero 87-2. Mariara. Estado Carabobo, todo de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 4° del código Orgánico Procesal Penal, por no tener los hechos carácter penal. Ofíciese lo conducente al Departamento de Informática del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, Caracas, Distrito Capital, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, Caracas, Distrito, (ONIDEX) Capital, Distrito Capital, así como a la Dirección de Prisiones del Ministerio de Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas, Distrito Capital, a fin que se sirva dejar sin efecto cualquier solici.....