DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda por desalojo, interpuesta por el ciudadano MANUEL EDUARDO BOSQUE BADILLO, representado judicialmente por la
Abogado Elvira Olivares Calixto, I.P.S.A. Nro. 40.925, contra el ciudadano WILLIAN ANTONIO CASTILLO SANCHEZ, asistido por el Abogado WILFREDO CAPIELO, I.P.S.A. Nro. 57.872.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada WILLIAN ANTONIO CASTILLO SANCHEZ, al desalojo del inmueble que ocupa como arrendatario, ubicado en la Urbanización Colinas de Pequiven, sector 1, calle 13, N°02, jurisdicción del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo.
TERCERO: Por cuanto la presente demanda tiene su fundamento en la causal expresada en
el literal b) del artículo 34 de la Ley d.....