Se fija la Obligación Alimentaria del ciudadano LUIS MONTOYA en la cantidad de TRES PUNTO VEINTITRÉS (3,23) Salarios Mínimos Diarios, establecidos actualmente en al cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 15.525, oo), lo que equivale a la cantidad de CINCUENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 50.145, 75) semanal; durante los meses de SEPTIEMBRE y DICIEMBRE de cada año, el obligado alimentario entregará la cantidad de SEIS PUNTO CUARENTA Y CINCO (6,45) Salarios mínimos diarios, establecidos actualmente en la cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 15.525, oo), lo que da un monto de CIEN MIL CIENTO TREINTA Y SEIS BOLÍVARES CON 25/100 (Bs. 100.136, 25) a objeto de cubrir gastos de útiles escolares y navideños y en cubrir el 50% de lo que se genere por gastos médicos de sus hijos.