Se IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al convenimiento celebrado por los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO TORRES GONZALEZ y CONSTAN YOLIMAR HENRIQUEZ DE TORRES, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.453.413 y 16.455.320, respectivamente, de fecha 18 de junio de 2008 y ACUERDA PROCEDER COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.