SE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al convenimiento celebrado por los ciudadanos FELIX EDUARDO LÓPEZ PEROZA y GLENDY VALENTINA OLIVEROS ARRIECHE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.722.933 y 17.073.707, respectivamente, en fecha 30 de octubre de 2008 y ACUERDA PROCEDER COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.