JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 30 de Septiembre de 2013
203° y 154°
Vista la solicitud que antecede, presentado por la ciudadana: SEVILLA GRATEROL MARIA DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad N° V – 12.338.959, de este domicilio, debidamente asistido de la Abogada INES JOSEFINA FERRER QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.537. Désele, entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para el niño: JEAN FRANCO, se designa como tal, a la ciudadana: GRATEROL LOURDES COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.175.274, a quien el Tribunal ordena su Notificación, una vez que conste en autos su direcció.....