JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara, 26 de Mayo de 2011
201° Y 152°
Vista la anterior solicitud, presentado por los ciudadanos: JARAMILLO GUEVARA AIDEE JOSEFINA Y OCHOA TEODORO ENRIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro V- 12.566.911 y V- 6.650.169, respectivamente y de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio ENELIA MARIA BELTRAN MIJARES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 155.904. Désele entrada asígnele numero, anótese en los libros respectivos, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL ( DIVORCIO ) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar AL FISCAL ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES,.....