JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara 18 de Abril de 2012
201° Y 153°
Vista la anterior solicitud en fecha 09 de Marzo de 2012, presentada por los ciudadanos: BANU MAR PRADO ORTIZ Y MARIA ISABEL ARCILA DE PRADO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 16.129.847 y V- 18.082.373, respectivamente y de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio DULCE MARIA MACHADO BLANCO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 64.479. Désele entrada asígnele numero, anótese en el libro respectivo, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL (DIVORCIO) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar AL FISCAL ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES CIVIL E INSTITU.....