DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los ciudadanos y ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la autoridad que le confiere la ley declara: PRIMERO: LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano JAINYER BENJAMIN ORAMAS BARRIOS, ya identificado, conforme a las previsiones de los artículos 399 y 309 del Código Civil.
SEGUNDO: Se designa a la ciudadana YELISMAR BARRIOS DE ORAMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.663.192, quien es la madre del notado en demencia JAINYER BENJAMIN ORAMAS BARRIOS, como su tutora interina, a quien se ordena notificar para que acepte el cargo, o se excuse, y en caso de lo primero, preste el juramento de ley.
TERCERO: Conforme a lo previsto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir el proceso por los trámites del juicio ordinario, quedando el ju.....