Por todos los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en Nombre de los ciudadanos y ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE, las solicitudes formuladas por el abogado; ALCIRA PAEZ, con el carácter de apoderado del ciudadano: MIGUEL ANGEL VALDEZ MORILLO, y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despachos del este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Mariara a los nueve (9) días del mes de Julio de dos mil ocho (2008), años 198º de la Independencia y 149 de la Federación.
EL JUEZ TITULAR.
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
EL SECRETARIO TEMPORAL
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha siendo las 01.20 p.m., se publico la anterior sentencia.
EL SECR.....