este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, y en consecuencia , declara conforme a los autos a las ciudadanas: JENNIFER DE LOS ANGELES RUIZ MARTINEZ y JOSMARY DEL VALLE RUIZ MARTINEZ, antes identificadas, como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de la de Cujus MARÍA ELENA MARTINEZ, quien falleció ab-intestato, el día 29 de Agosto de 2009, según Acta N° 121, Tomo N° I, Año 2011, de fecha 03 de Febrero de 2011. Y Así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a las solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabob.....