Por lo demás, es del contrato de arrendamiento que se derivan los derechos y obligaciones existentes entre las partes, que a la hora de un conflicto de intereses deben ser amparadas legalmente, por lo que era indispensable su presentación en el juicio para dar resolución a la controversia, lo cual no hizo la parte accionante; lo que conlleva a concluir que sin este instrumento, en el presente caso se hace imposible llegar a determinar cual es la pretensión que debe ser amparada. Por lo tanto, se hace necesario declarar CON LUGAR la Cuestión Previa aquí opuesta. Y ASÍ SE DECIDE.