Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1.-) CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JUAN SANCHEZ TORRES, asistido por la Abogada DULCE MARIA ALVAREZ DE MENDOZA, contra el ciudadano: THOMAS ANTONIO OCHOA CUICAS, ambos identificados en autos, y en consecuencia se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, celebrado entre el ciudadano JUAN SANCHEZ TORRES y el ciudadano: THOMAS ANTONIO OCHOA CUICAS. 2.-) Se condena al demandado a pagar la suma de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 900.000,oo) cantidad que corresponde al pago de los canones vencidos y dejados de cancelar. 3.-) Ordena al demandado a entregar totalmente desocupado de personas y cosas el inmueble antes descrito y objeto de la presente demanda. 4.-) Se ordena al demandado a entregar los recibos debidamente cancelados d.....