Con base a lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede de Protección, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Con Lugar la Pretensión por Obligación Alimentaria interpuesta por EI LING SURIMAY GIL RODRIGUEZ, en representación de sus hijos, contra PABLO ERASMO RODRIGUEZ NOGUERA, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo. SEGUNDO: Se fija la obligación alimentaría y en consecuencia condenado el Obligado alimentario a cancelar a sus hijos mensualmente, una cantidad equivalente al cincuenta y cuatro punto cinco por ciento (54.5%) de un Salario mínimo nacional, el cual para la fecha en que se dicta el presente fallo esta estipulado en la cantidad de CUATROCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CINCO CENTIMOS (Bs.405.000, 00) lo que equivale a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BO.....