Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte la correspondiente homologación a la presente transacción, por lo homologada tendrá carácter de cosa juzgada. Déjese copia certificada para el Copiador de Sentencias y archivase el expediente. Guacara, a los veintiséis (26) días del mes de Enero de 2006. Años 195° y 146°.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO,
LA SECRETARIA
JEALI BENITEZ ESTRAÑO
En la misma fecha del auto anterior se procedió como fue ordenado, siendo las 10:30 a.m.
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